(Mª Ángeles Clementson Lope)
Fuente: Revista de Feria de 1994
El certificado de Secretaría fue expedido el 23 de diciembre de 1865 y en él se habla de un testimonio fechado el 16 de noviembre de 1815 de don José Presas, oficial de la Secretaria de Estado del Despacho Universal de Gracia y Justicia, contador principal de rentas propios y arbitros de esta provincia, que certifica que entre los documentos de esta Contaduría hay un testimonio del escribano de Villa del Río, D. Juan Alfonso Mérida, de 8 de noviembre de 1760, donde manifiesta las causales de propios de la villa en el citado año, diciendo: "Las casas capitulares que son en la Plaza pública de esta villa y lindan de presente con otras que sirven de Pósito y otras de Diego Morales de esta vecindad las uqe no le rinden cosa alguna y tratan de las coasas que miren al bien común de sus vecinos".
Asimismo, hace alusión el Sr. Secretario a documentos de la Secretaria del Municipio en donde se dice: "Los propios de esta villa vienen poseyendo las casas capitulares desde época remota, sin que se sepa la época determinada en que se adquieren".
Estas certificaciones ratifican la propiedad de las casas consistoriales que, apoyándose en los reales decretos de 6 de noviembre de 1863, 1 de febrero y 11 de noviembre de 1864, referentes a bienes inmuebles pertenecientes al Estado, hacen la base legal para inscribirlos en el Registro de la Propiedad como pertenecientes al municipio.
En su escrito de 23 de diciembre de 1865, el perito práctico D. Pedro Criado Romero hace una somera descripción de las casas consistoriales que nos sirve para localizarlas en un entorno determinado de la plaza, en la esquina del actual Bar "La Estrella" (sería la parte de fachada que corresponde con el balcón corrido y en cuyo dintel del balcón central aparece la inscripción:
(Carlos III, años 1777). El certificado dice así: "...que habiendo reconocido con mayor detención el edificio de las casas capitulares señalado en la plaza pública con el num...uno linde por levante a la plaza pública de la Constitución, por el norte con otra de Doña Dolores Criado Cerezo y al sur con calle Real y por poniente con otra de Don Rafael Serrano Velásquez y verificada su mensura resulta que su extensión superficial es de ochenta y siete varas cuadradas, incluso el grueso de las paredes, equivalentes a sesenta metros, 88 decímetros, 91 centímetros y 60 milímetros cuadrados; contienen dos habitaciones bajas, escalera, pasillo y sala alta y atendido al estado de dicho edificio lo he valorado en mil cuatrocientos diez y seis escudos..."
La escritura de permuta fue otorgada el 13 de enero de 1866 ante notario de Villa del Río, Francisco Jurado Montes, siendo este nuevo edificio la segunda casa consistorial de la que tenemos constancia.
Fuente: Revista de Feria de 1994
El certificado de Secretaría fue expedido el 23 de diciembre de 1865 y en él se habla de un testimonio fechado el 16 de noviembre de 1815 de don José Presas, oficial de la Secretaria de Estado del Despacho Universal de Gracia y Justicia, contador principal de rentas propios y arbitros de esta provincia, que certifica que entre los documentos de esta Contaduría hay un testimonio del escribano de Villa del Río, D. Juan Alfonso Mérida, de 8 de noviembre de 1760, donde manifiesta las causales de propios de la villa en el citado año, diciendo: "Las casas capitulares que son en la Plaza pública de esta villa y lindan de presente con otras que sirven de Pósito y otras de Diego Morales de esta vecindad las uqe no le rinden cosa alguna y tratan de las coasas que miren al bien común de sus vecinos".
Asimismo, hace alusión el Sr. Secretario a documentos de la Secretaria del Municipio en donde se dice: "Los propios de esta villa vienen poseyendo las casas capitulares desde época remota, sin que se sepa la época determinada en que se adquieren".
Estas certificaciones ratifican la propiedad de las casas consistoriales que, apoyándose en los reales decretos de 6 de noviembre de 1863, 1 de febrero y 11 de noviembre de 1864, referentes a bienes inmuebles pertenecientes al Estado, hacen la base legal para inscribirlos en el Registro de la Propiedad como pertenecientes al municipio.
En su escrito de 23 de diciembre de 1865, el perito práctico D. Pedro Criado Romero hace una somera descripción de las casas consistoriales que nos sirve para localizarlas en un entorno determinado de la plaza, en la esquina del actual Bar "La Estrella" (sería la parte de fachada que corresponde con el balcón corrido y en cuyo dintel del balcón central aparece la inscripción:
CAROLVS III
AS MDCCLXXVII
AS MDCCLXXVII
(Carlos III, años 1777). El certificado dice así: "...que habiendo reconocido con mayor detención el edificio de las casas capitulares señalado en la plaza pública con el num...uno linde por levante a la plaza pública de la Constitución, por el norte con otra de Doña Dolores Criado Cerezo y al sur con calle Real y por poniente con otra de Don Rafael Serrano Velásquez y verificada su mensura resulta que su extensión superficial es de ochenta y siete varas cuadradas, incluso el grueso de las paredes, equivalentes a sesenta metros, 88 decímetros, 91 centímetros y 60 milímetros cuadrados; contienen dos habitaciones bajas, escalera, pasillo y sala alta y atendido al estado de dicho edificio lo he valorado en mil cuatrocientos diez y seis escudos..."
La escritura de permuta fue otorgada el 13 de enero de 1866 ante notario de Villa del Río, Francisco Jurado Montes, siendo este nuevo edificio la segunda casa consistorial de la que tenemos constancia.